Eduardo Choren, Asesor Técnico de la Secretaría de Higiene, Medicina y Seguridad en el Trabajo de la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios. Estoy buscando legislación sobre prohibición o restricciones para el uso del percloroetileno o tetracloroetileno y/o de la instalación de tintorerías ecológicas,en municipios o provincias de nuestro país. Se que en Rosario había un proyecto de ordenanza municipal, pero no me enteré si se sancionó. En muchas ciudades del país, los trabajadores de las tintorerías ecológicas están afiliados a nuestros sindicatos y refieren frecuentemente problemas de salud de distinta intensidad relacionados con el solvente mencionado. Respuesta: no sabemos si ya se sancionó el proyecto en Rosario. Le adjuntamos información del Environmental Health Criteria; la Ficha de Seguridad, las regulaciones en Buenos Aires y en Puerto Madryn (es posible que haya otras: habría que hacer una búsqueda provincia por provincia).¿Que clase de cobertura medico-laboral tienen los empleados que menciona, que tipo de seguimiento se hace de la exposición a riesgo y cuales son las medidas de protección personal / ambiental, (empezando por el derecho a la información) que tienen los trabajadores?. Puede ampliar o mejorar esta información consultando al Programa de Riesgos Químicos del Ministerio de Salud de la Nación: quimicos.msal@gmail.com. Leer más
Percloroetileno
Ampliación de Eduardo: gracias por su aporte e información. Le comento que la cobertura médico laboral de los trabajadores de las tintorerías ecológicas, está repartida, la responsabilidad principal corresponde al empleador, la realización de exámenes médicos periódicos es obligación de las ART´s respectivas; el mayor problema radica en que los empleadores son los responsables de informar a sus aseguradoras que agentes de riesgo están presentes en sus establecimientos; esa comunicación dispara el procedimiento para realizar los exámenes médicos periódicos a los trabajadores; en tanto las empresas no hagan esto, las ART no realizan los exámenes. Desde esta secretaría y de hace años, venimos informando a los Sindicatos para que intervengan en el asunto y asesoren a las empresas para que informen en tiempo y forma a las aseguradoras y se logre el control médico de los trabajadores. No es tarea fácil. El seguimiento de las condiciones y medio ambiente de trabajo en las empresas, lo debe hacer el mismo empleador junto con su ART por imposición de la Ley Nac. de Higiene y Seguridad en el Trabajo 19.587, Dec. Reg. 351/79 y de la Ley de Riesgos de Trabajo 24.557 y toda la normativa complementaria. Uno de los más irrespetados es justamente el derecho a la información de los trabajadores. Por nuestro lado formamos dirigentes y delegados gremiales en materia de salud y seguridad en el trabajo desde hace más de 10 años, para que puedan intervenir eficazmente en las empresas y lograr mejoras en las CYMAT. No podemos respaldarnos exclusivamente en la inspección oficial ya que a nivel país, ésta resulta insuficiente, en casos ineficaz y además por que entendemos que los problemas de salud y seguridad de los trabajadores los deben resolver los principales afectados, los mismos trabajadores. Las intervenciones directas de esta secretaría solo pueden darse a partir del pedido expreso de los sindicatos de base, ya que orgánicamente ellos son independientes en sus decisiones; es así que también trabajamos fuertemente en campañas de información y sensibilización dirigidas a los dirigentes indicales federados, para lograr problematizar la cuestión de la salud y seguridad en el trabajo. Hasta el momento en que emergen problemas serios, prevalece la sensación general respecto de los pocos riesgos que existen para los tabajadores del rubro.Les envío ordenanzas municipales donde se prohíbe el uso del percloroetileno de las ciudades de: – Bariloche – Concordia – Pdo. De la Costa – Rosario – Guaymallén Seguimos en contacto. Respuesta 2: por algo esta sección se llama, NOS INFORMAN/nos escriben. El que quiera algo del material aquí mencionado nos avisa y se lo RV.