La Resolución Senasa N° 149/2018, publicada este lunes en el Boletín Oficial, con la firma del presidente del Organismo, Ricardo Negri, entra en vigencia mañana y la prohibición efectiva comenzará a regir a los 180 días corridos.La norma hace extensiva la prohibición a las etapas de producción, poscosecha, transporte, manipuleo, acondicionamiento y almacenamiento así como en las instalaciones de almacenamiento de granos y tabaco.