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En el país de ‘Nomeacuerdo’: ANMAT y la postergación de la disposición sobre mamaderas con BPA

28 April, 2012
En el país de Nomeacuerdo doy tres pasitos y me pierdo.Un pasito para aquí,no recuerdo si lo di.Un pasito para allá,¡Hay que miedo que me da!Un pasito para atrás,y no doy ninguno mas.Porque ya, ya me olvidédonde puse el otro pie.
María Elena Walsh
En el país de 'Nomeacuerdo': ANMAT y la postergación  de la disposición sobre  mamaderas con BPA
Nomeacuerdo
La canción parece hecha para ANMAT, que luego de que el 5 de marzo de 2012:  La ANMAT le dice chau al BPA en los biberones, ahora les otorga a los fabricantes 180 días de gracia. Pero eso si, con una advertencia. No se entiende….Antes de subir alguna medida que tome ANMAT en el futuro, deberemos esperar a ver si no da: un pasito para atrás y no doy ninguno más...Escuchar la canción (Gracias, María Elena). Ver: Las mamaderas deberán mostrar una advertencia sobre riesgos para la salud. tiempoargentino. 28/04/12. Casi todas contienen policarbonato, que puede desprender una sustancia tóxica si se lo calienta. Las marcas deberán consignarlo. Las hay de diferentes tamaños y colores; las clásicas, o las ergonómicas, pero la mayoría tiene algo en común: está hecha de policarbonato, un material que al ser calentado puede ser nocivo para la salud. Por una disposición de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), los fabricantes de mamaderas tendrán desde ayer un plazo de 180 días hábiles para realizar las adecuaciones tecnológicas necesarias para el remplazo de los materiales.La exposición del policarbonato al calor puede desprender bisfenol A, una sustancia tóxica que se presenta en la mayoría de los plásticos. A través de la medida de la ANMAT, organismo dependiente del Ministerio de Salud de la Nación, a cargo de Juan Manzur, se busca alertar a los consumidores sobre los riegos de calentar la leche dentro del biberón.La disposición 2269/2012 fue publicada ayer en el Boletín Oficial, y también exige a los fabricantes que comercialicen mamaderas de policarbonato que, dentro del plazo, consignen en su rótulo “con caracteres de buen tamaño, realce y visibilidad” la siguiente información: “Atención: No caliente alimentos dentro de este biberón. Deje entibiar los alimentos calientes previos a su llenado. Remplace este biberón cuando presente desgaste (rayones, grietas, pérdida de color)”.Asimismo, la norma otorga a los fabricantes diez días hábiles para presentar ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL), dependiente de la cartera sanitaria nacional, “en carácter de declaración jurada”, un plan de adecuación del rotulado y la cantidad de mamaderas en stock.  Una vez vencido el plazo de 180 días hábiles, las empresas “deberán realizar el retiro de los productos remanentes en el mercado”.La nueva medida, que complementa una disposición anterior, permite a la industria  adecuarse a las actuales exigencias no sólo de remplazo de material utilizado, sino también planificar las áreas productivas e incorporar las transformaciones  tecnológicas requeridas para los nuevos procesos de fabricación.El Ministerio de Salud también aconsejó proteger los productos alimenticios destinados al consumo del bebé de la contaminación ambiental. Al respecto, destacaron que es conveniente consumir el producto en su totalidad antes de los 30 días de abierto y verificar que no se encuentre vencido, mantener el envase bien tapado, y asegurarse de que la lata que contiene el alimento en polvo sea almacenada en un lugar limpio y seco.Cierto es, entonces, que a partir de la disposición, las mamaderas ya no serán las de antes. < Consejos para un uso correcto del biberónPrepare la mamadera inmediatamente antes del  consumo.Antes de la preparación, lávese las manos con agua y jabón.Si prepara fórmula en polvo, utilice el agua hervida, entíbiela hasta unos 70º C, colóquela en un biberón limpio y añada el producto.Agite enérgicamente y enfríe hasta una temperatura adecuada para beber (prueba en  la mano.No caliente alimentos dentro del biberón.Remplace el biberón cuando presente evidencias de desgaste (rayones, grietas, pérdida de color).De prepararse con anticipación a la ingesta, asegurarse de que permanezca refrigerado (a temperaturas menores de 5º C)
Leer también: Permiten vender un lote de mamaderas tóxicas. minutouno.com.ar. 27/04/12. Habían sido prohibidas pero le dieron un plazo de 180 días para venderlas con aviso de advertencia.La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) otorgó un plazo de 180 días para comercializar mamaderas de plástico que fueron prohibidas por riesgo de toxicidad, con la condición de etiquetarlas con las advertencias para su uso. Según se publicó en el Boletín Oficial, una vez pasado ese plazo, establecido a partir de la entrada en vigencia de la disposición 2269/12, deberán ser retiradas del mercado. De esta manera, la Anmat modificó  la disposición 1207/12 del 5 de marzo pasado que estableció la prohibición de la "fabricación, importación y comercialización" de mamaderas que contienen "bisfenol A (2,2-bis (4-hidroxifenil) propano)".[ Ver ]

Comunicado de ANMAT: 26 de abril de 2012

 

BIBERONES CON BISFENOL A: ANMAT ESTABLECE NUEVOS PLAZOS Y REQUISITOS

 

La ANMAT, a través de la Disposición 2269/2012, estableció que los fabricantes de mamaderas que contengan Bisfenol A tendrán un plazo de 180 días hábiles para realizar las adecuaciones tecnológicas necesarias para el reemplazo de los materiales. Una vez finalizado este período, deberán iniciar el retiro de los productos remanentes en el mercado.

 

Durante ese tiempo, los fabricantes que comercialicen biberones con Bisfenol deberán consignar en el rótulo de dichos productos, con caracteres de buen tamaño, realce y visibilidad, la siguiente información obligatoria: “Atención: No caliente alimentos dentro de este biberón. Deje entibiar los alimentos calientes previo a su llenado. Reemplace este biberón cuando presente desgaste (rayones, grietas, pérdida de color)”.

 

Además, las empresas alcanzadas por esta Disposición deberán presentar ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL), en carácter de declaración jurada, el plan de adecuación de rotulado de biberones y la cantidad de biberones en stock dentro de los 10 días hábiles desde la entrada en vigencia de esta normativa.

 

Esta Disposición complementa lo establecido oportunamente por la Disposición 1207/2012, de marzo pasado, mediante la cual se prohibió la fabricación, importación y/o comercialización de biberones que contengan Bisfenol A en su composición. 

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