Estoy revisando el reglamento sanitario de alimentos decreto supremo num 977/96, debido a que me interesa saber cual es la dosis recomendada para el dióxido de silicio, en el articulo 141 mencionan que son 15 g/kg la dosis permitida y en el articulo mencionan que es mg/kg, lo que yo entiendo es que esta diferencia es dependiendo para que se este usando, en nuestro caso lo estamos usando como antiaglomerante en bebidas pero ni me queda claro porque es esa diferencia tan grande entre las dosis, si al fin al cabo es el mismo producto. | |||
La clave de su respuesta la da Ud. misma. La cantidad aceptada depende de cada uso, por ejemplo , en el REAL DECRETO ESPAÑOL) 2242/1984, DE 26 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA LA REGLAMENTACION TECNICO-SANITARIA PARA LA ELABORACION, CIRCULACION Y COMERCIO DE CONDIMENTOS Y ESPECIAS el uso como antipelmazante del Dióxido de silicio amorfo. * 2 g/100 g aislados o en conjunto. O la Norma del Codex alimentarius para Leches en polvos o natas en polvos permite 10g/kg.Art. 619. – La Reglamentación de Etiquetado en México, para El etiquetado de los derivados del huevo, además de ostentar las leyendas que comprendan lo señalado en el artículo 210 de la ley, deberá especificar claramente cuando:….. Si contiene antiaglomerante, indicará: "Contiene no más de 1% de dióxido de silicio como antiaglomerante" o "Contiene menos de 2% de silicoaluminato de sodio como antiaglomerante".Etc. |