Un programa local de Recolección y Descarte de Objetos Inservibles – que solía denominarse “descacharrado”) consiste en un conjunto de actividades que dan por resultado la eliminación de elementos/objetos pequeños y medianos (que se acumulan en espacios domésticos) o aun grandes (que se acumulen en espacios públicos o no destinados a viviendas) que podrían eventualmente servir de criaderos de Aedes aegypti y que no son útiles para el morador de la vivienda ni para la comunidad. A veces los potenciales criaderos no son objetos inservibles y es necesaria una acción de higiene permanente: lavándolos con frecuencia, rellenándolos con arena, dando vuelta aquellos pequeños que no se utilicen cotidianamente (macetas, floreros).
Cuando la familia los considera inservibles, estos objetos deben ser recolectados y descartados organizadamente y bajo determinadas normas de seguridad.
El gobierno local es responsable de la corrección de los desórdenes ambientales. Esto implica la erradicación de las fuentes de acumulación de chatarra, el desmalezamiento y eliminación de inservibles, el cuidado en la gestión de aguas superficiales y la identificación de aquellos espacios privados sobre los cuales sea posible ejercer actividades de control (gomerías, corralones, depósitos).
En el espacio doméstico, la recolección de inservibles se llevará a cabo con una periodicidad que dependerá de las condiciones locales: de acuerdo a la densidad de vectores, condiciones climáticas, pautas culturales de la comunidad, condiciones de vida y de la vivienda, además del resultado de las acciones de educación e información orientadas a la gestión familiar de los inservibles.
En situaciones de emergencia (periodos de brote de la enfermedad), esta actividad debe realizarse inmediatamente después del tratamiento espacial contra adultos, para reducir la probabilidad de transportar pasivamente huevos hacia sitios todavía no infestados y promover la dispersión activa de los adultos hacia nuevos sitios posibles de cría.
Nota: Estas actividades de recolección son responsabilidad del municipio, y deben ser supervisadas y coordinadas por personal de Vectores y del área de Salud Ambiental o equivalente del Ministerio de Salud de la Provincia, con eventual participación del Ministerio de Salud de la Nación. Tanto en condiciones de vivienda familiar como en espacios comunes, esta actividad debe ser planificada de manera que resulte permanente y realizada a lo largo de todo el año.
La eliminación de inservibles a ser realizada por personal del Estado debe contar una serie de etapas previamente planificadas y provistas con todos los recursos necesarios.
Primera etapa: ComunicaciónLa actividad específica de recolección será precedida de una instancia de comunicación pública que dé a conocer en qué consisten las tareas, por dónde y en qué horarios se llevarán a cabo, cuáles son los resultados esperados y las maneras en que los vecinos pueden participar: identificando los elementos en desuso, facilitando el ingreso a la vivienda de los trabajadores a cargo de la recolección en caso del descarte de elementos pesados (heladeras viejas, esqueletos de autos, muebles, etc.).
También se comunicará sobre los cuidados a tener en cuenta en la manipulación de los objetos a descartar, de forma de prevenir situaciones de accidente que, por causas ambientales, biológicas, físicas o químicas, puedan producirse por inadecuado manejo de los mismos.
Segunda Etapa: RecolecciónDurante el trabajo se debe prestar especial atención a la necesidad de segregar los residuos.
El trabajador clasificará y separará en origen:
1-aquellos elementos que revistan características asimilables a residuos sólidos urbanos por un lado (los cuales seguirán la ruta de disposición que establezca la localidad en la que se realiza la tarea)
y por otro lado,
2- los residuos peligrosos o especiales, para su almacenamiento, tratamiento y disposición final de acuerdo a la corriente de desecho correspondiente que figura en el anexo I de la Ley 24.051 o equivalente jurisdiccional.
Tercera Etapa: Transporte y acopio temporal.Para la recolección deberá definirse la cantidad y tipo de vehículos necesarios. En todo vehículo que transporte objetos inservibles que son resultado de la actividad de un programa de control de vectores y que tienen características que los incluyen en la categoría de RSU , debe contarse con:
- Un botiquín de primeros auxilios.
- Plano del area de cobertura.
- Elementos/equipos para comunicacion.
- Documentación apropiada y completa, del vehículo y del conductor.
- Matafuego según normas.
- Señales para aviso de detención (conos) / Cinta de perimetraje (peligro).
- Un kit mínimo para intervención ante accidentes menores, que incluya Elementos de Protección Personal (un par de guantes de descarne y botas).
Es posible que en función del volumen o del tipo de inservibles recolectados se requiera disponer de depósitos transitorios. De ser así, cada localidad fijará con anticipación los lugares de acopio temporal y comunicará su ubicación y restricciones de acceso. De no ser necesario un depósito transitorio, el transporte debe realizarse hasta el sitio de disposición final que la comuna utilice para el residuo sólido urbano común.
El estado local debe garantizar la capacitación de los trabajadores destinados a esta tarea teniendo especialmente en cuenta las condiciones de seguridad ambiental y personal durante todas las etapas y sus conocimientos sobre el marco legal pertinente (normas laborales, de tránsito, de residuos peligrosos), sobre los equipos de protección personal (uso y mantenimiento) y primeros auxilios.
Cuarta Etapa: Disposición FinalTanto la disposición final de residuos sólidos urbanos como los pasos requeridos para la disposición final de residuos peligrosos o residuos especiales, responden a protocolos de seguridad ambiental y laboral que es necesario respetar. En el último caso, cada localidad se regirá por aquellas normas que localmente marquen los requerimientos para el transportista y operador de residuos peligrosos, teniendo en cuenta, como guía, lo establecido en la Ley nacional 24.051.
Nota: Debe ponerse especial atención en el cuidado de la salud ambiental de
• escuelas
• hospitales y centros de salud
• terminales de transporte público
• talleres ferroviarios
• playones de vehículos incautados por la justicia y en custodia policial
• cementerios
• cárceles
• plazas
• clubes deportivos
• balnearios,
y todo otro espacio común sobre cuyo mantenimiento sea responsable.
Para llevar a cabo estas tareas, el equipo municipal deberá poder contar con una serie de recursos que permiten la protección de trabajadores, vecinos y ambiente y una mayor efectividad en el trabajo. El producto final no debe pensarse únicamente en los términos cortoplacistas que significan la reducción de la cantidad de potenciales criaderos de mosquitos, sino en el objetivo, más sustentable, de reducir la generación de los mismos. Esto implica trabajar en conjunto con las áreas de Educación, Desarrollo Social y Trabajo y sostener, asimismo, acciones de información a la comunidad durante todo el año.
Para las acciones específicas de recolección de objetos inservibles, los siguientes recursos son necesarios.
a) humanos:
- Un grupo de empleados del municipio, capacitado y protegido para hacer el trabajo de recolección, adecuado a la legislación laboral vigente (Ley de Higiene y Seguridad, Ley de Riesgos de Trabajo, Ley de Empleo, etc) y organizado en distintos niveles de responsabilidad que permitan una supervisión eficiente. La vacunación antitetánica completa debe ser condición excluyente para las personas que intervengan en la recolección y tratamiento de inservibles.
- Un grupo capacitado en comunicación de riesgos capaz de adelantar información sobre las tareas que se llevarán a cabo y diseñar modelos de comunicación a mediano plazo para promover la disminución en la generación de obsoletos domésticos y una mejor gestión del espacio abierto.
b) insumos:
- vehículos: camiones para el transporte de los inservibles, utilitarios para el transporte de las personas, eventualmente autoelevadores para el levantamiento de objetos pesados.
- indumentaria de trabajo y equipos de protección personal de acuerdo con las normativas nacionales vigentes (Ley 19587 y su Decreto Reglamentario 351), que incluyen
o guantes de descarne
o botines de cuero con puntera reforzada
o ropa de trabajo
o casco (uso eventual)
o botas de goma con puntera reforzada (uso eventual)
- bolsas de polietileno gruesas y de gran tamaño (por ejemplo 0.80 X 1 mt), con precintos y elementos para rotulación.
- Palas anchas,
- plano/s del área en la que se deberá trabajar,
- documentación/identificación que acredite la pertenencia a un programa estatal de control de vectores,
- elementos de información: volantes, folletos, que permitan dar a conocer a la población las razones de la actividad y las mejores formas de prevenir la acumulación de obsoletos en el futuro.
- planillas para el registro de las actividades de modo de dejar registrados algunos datos de interés al final de la jornada: Nº de trabajadores afectados a la tarea; Nº de viviendas/baldíos cubiertos; Nº de camiones cargados con inservibles; Nº de vehículos utilitarios utilizados, Nº de cartillas de información entregadas, etc.
- Elementos y sitios adecuados para el lavado posterior del vehículo y de la ropa utilizada en el trabajo.