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Confirman restricción a las fumigaciones cerca de las escuelas rurales en Entre Rios

17 May, 2019
Las fumigaciones tienen límite. Por Nahuel Lag. pagina12.com.ar. 17/05/19. La Justicia rechazó su uso cerca de las escuelas rurales en Entre Ríos. El Superior Tribunal de Justicia confirmó el rechazo a un decreto del gobierno provincial y ratificó la restricción de 1000 metros terrestres y 3000 aéreos.Leer también: Escuelas rurales fumigadas a granel en Entre Ríos: 760 estudiantes afectados
Confirman restricción a las fumigaciones cerca de las escuelas rurales en Entre Rios
Fumigando la costa rosarina
(SerTox)
El fallo anuló la vigencia del decreto y repuso las distancias ya ordenadas.El fallo anuló la vigencia del decreto y repuso las distancias ya ordenadas.“Ausencia de rigor científico” e “insolvencia técnica del trabajo interministerial”. Con esas expresiones, el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos rechazó un amparo impuesto por el gobierno de Gustavo Bordet, que intentaba mantener la vigencia de un decreto que permitía fumigar con agrotóxicos a 100 metros de las escuelas rurales. Por dos votos a uno, el máximo tribunal entrerriano advirtió también que el decreto de Bordet era violatorio de la constitución provincial y nacional y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. “El fallo es ejemplar y deja un antecedente para sentar principios fundamentales en materia de agroecología y derechos humanos”, celebró la abogada del Foro Ecologista de Paraná, Aldana Sasia.
Con este fallo, el STJ confirmó la sentencia de la Sala II Civil y Comercial de Paraná, que invalidó el decreto provincial a partir de un amparo presentado por el colectivo de organizaciones ambientales y gremiales. La resolución del máximo tribunal cerró el camino al decreto 4407/18, firmado por Bordet en diciembre y publicado en enero de este año, con el que había intentado saltar un amparo ambiental anterior y resuelto a favor de las organizaciones ambientales por el máximo tribunal en octubre del año pasado . 
La resolución de octubre hacía lugar al pedido de restricción de 1000 metros terrestres y 3000 aéreos para fumigaciones cercanas a escuelas rurales, además de prohibir toda fumigación con agrotóxicos en horario escolar. A contra mano de ese fallo, el decreto permitía en su primer artículo la fumigación terrestre con agrotóxicos a 100 metros de las escuelas rurales y, en el segundo punto, la fumigación aérea a 500 metros de distancia.
El voto de los supremos Daniel Carubia y Miguel Giorgio anuló la vigencia de los artículos y repuso las distancias ordenadas en la resolución de octubre a partir del amparo ambiental presentado por el Foro Ecologista de Paraná, la Coordinadora por una Vida sin Agrotóxicos ¡Basta es basta! y la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos.
“El decreto fue una burla. La sentencia de octubre solicitaba al gobierno provincial un estudio pormenorizado sobre el impacto de la aplicación de agrotóxicos y que demuestre el estado epidemiológico de las zonas rurales. En caso de reconsiderar las distancias de fumigación, el Estado debía demostrar científicamente las dos variables exigidas. Algo que en 20 días no pudo haber hecho”, señaló Sasia, en diálogo con PáginaI12.
Los argumentos del fallo de Giorgio –que fueron acompañados por Carubia– advierten que el decreto de Bordet era violatorio de los artículos 1, 5, 65, 186, 203 de la Constitución de Entre Ríos; de los artículos 1, 18, 75 inciso 22 de la Constitución Nacional; y artículo 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. A esa serie de faltas graves, se puede sumar la señalada en marzo por la la Sala II Civil y Comercial de Paraná , que en su resolución indicó que el Gobierno había cometido una “violación de la cosa juzgada” por desconocer el fallo previo de la Corte. 
La resolución de Giorgio además apunta de manera lapidaria sobre la “insolvencia técnica del trabajo interministerial” y la “ausencia de rigor científico” para fundamentar el decreto con el que se buscó reducir las distancias de fumigación en respuesta al fallo que la misma Corte había emitido en octubre de 2018. El voto de la mayoría subraya que para la firma del decreto, el gobierno de Bordet realizó “un estudio de campo, mínimo aunque más no sea”. “No dejan lugar a mayor debate y prueba”, fustigó el juez.
El voto de minoría quedó en manos de Claudia Mizawak, que recurrió a una cuestión técnica al advertir que los accionantes debían haber optado por “la acción de inconstitucionalidad” para ir contra el decreto. En octubre, Mizawak tampoco había acompañado el amparo ambiental, sin precedentes a nivel provincial o nacional, al considerar que era necesario que la Legislatura y el Ejecutivo provincial tomaran cartas en el asunto. Bordet lo hizo con un decreto, salteando la discusión legislativa.
Además de arrasar el decreto por su “insolvencia técnica”, Giorgio hizo hincapié en un aspecto radical que contenía la resolución de octubre y de la que el decreto de Bordet hizo caso omiso. La disposición de crear una barrera vegetal -en un periodo de dos años- a 150 metros de distancia de las escuelas rurales. La medida había sido muy celebrada por las organizaciones que impulsan la agroecología ya que abría la posibilidad de cambiar el modelo productivo en casi 300 mil hectáreas. “Por lo menos debió respetar esa distancia mínima”, señaló el juez supremo sobre el anulado decreto del gobierno provincial.

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